La ley de Simplificación Administrativa en Aragón se alinea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030. La hoja de ruta que establece la Agenda 2030 hacía un Aragón más verde, más social y digital se impulsa por la simplificación y agilización en la acción de la Administración de la Comunidad Autónoma que activa esta nueva Ley.

Ley de Simplificación Administrativa en Aragón

La Ley define como simplificación administrativa el conjunto de medidas encaminadas a:

  • La mejora de la calidad normativa.
  • La simplificación normativa.
  • La transformación digital del sector público.
  • la modernización y racionalización administrativa.
  • La revisión, reordenación y agilización de procedimientos.
  • La reducción de cargas administrativas.

Plan de Simplificación Normativa

El Plan de Simplificación Normativa tiene por objeto la revisión, actualización, simplificación y, en su caso, consolidación de las disposiciones autonómicas vigentes incorporando todas o algunas de las siguientes medidas:

  • Simplificación y reducción del número de normas.
  • Adaptación de las normas a los principios de buena regulación.
  • Consolidación de la normativa vigente.

Esta ley se ha elaborado de acuerdo con los principios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas promoviendo el desarrollo y agilización de las actuaciones financiables con determinados fondos europeos incluidas en el Plan estatal de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica, instrumentos ambos creados para hacer frente a las consecuencias de la pandemia provocada por el SARS-CoV-2.

Características de la firma biométrica o firma electrónica manuscrita

  • Peritable: La firma realizada con VIDsigner BIO es peritada con evidencias autocontenidas en el documento, como la presión, velocidad o inclinación. VIDsigner BIO recoge los datos recomendados y los codifica según la ISO/IEC 19794-7 y la ISO/IEC 29109-7:2011, lo que garantiza su valoración pericial futura, con independencia de la evolución tecnológica. Además, se recogen otras evidencias de contexto que refuerzan aún más la acción probatoria.
  • Emite un certificado OTC: permitiendo la identificación del firmante en relación con su NIE o NIF.
  • No es necesaria una alta previa por parte del firmante.
  • Formatos de firma longevo (PADES B-LT) para garantizar la perdurabilidad de la firma en el tiempo. 
  • Evidencias autocontenidas en el documento en caso de proceso judicial.
  • Garantía en el proceso de que lo que ves es lo que firmas.
  • Dispositivos de uso común (Andorid, iOS, Windows)
  • Sellado de tiempo para garantizar la hora de la firma.
  • Posibilidad de firma offline. 
Firma Biométrica - www.validatedid.com

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