Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones RETO. Es una nueva normativa que afectará a todas las empresas e industrias del sector Fitosanitario.  RETO consiste en la presentación telemática del registro de transacciones de fitosanitarios que actualmente se gestiona mediante el informe oficial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Real Decreto 1311/2012.

El MAPA (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Medio Ambiente) ha creado una aplicación informática para facilitar su cumplimiento por parte del sector mediante el Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con Productos Fitosanitarios (RETO).

Esta aplicación permite el registro de la información en tiempo real y de manera totalmente manual. De acuerdo con lo establecido en el citado artículo 25 de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

Para poder utilizar RETO el primer paso que deben realizar los usuarios es proceder al AUTORREGISTRO en la aplicación, siendo necesario que el operador que pretenda utilizar RETO se encuentre inscrito previamente en el Registro Oficial del Productores y Operadores de Productos Fitosanitarios (ROPO), regulado en el capítulo X del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, en el sector suministrador o bien el sector tratamientos del mismo.

Artículo 15. Registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios (RETO)

  1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 67.1 del Reglamento (CE) n.º 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, y con el artículo 25 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, los operadores inscritos en los sectores suministrador y de tratamientos fitosanitarios del ROPO llevarán un registro actualizado de todas las operaciones de comercialización, importación o exportación, que realicen, en el que anotarán los datos referidos en el anexo I.
  2. A efectos de cumplir con lo dispuesto en el apartado 1, y con la finalidad de facilitar las labores de control y registro de las transacciones de productos fitosanitarios, se establece, adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un sistema informático, el Registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios (RETO), que gestionará dicho Ministerio.
  3. Los operadores inscritos en los sectores suministrador y de tratamientos fitosanitarios del ROPO deberán remitir a los órganos competentes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla la información del anexo I. Dicha información deberá remitirse bien a través de las aplicaciones informáticas autonómicas que se desarrollen a estos efectos, o bien a través del RETO, para las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla que no dispongan de aplicaciones propias.
  4. En el caso de que las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla posean un registro informático propio, deberán mantener actualizada la información del RETO, al menos, con carácter mensual. cve: BOE-A-2021-7689 Verificable en https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 111 Lunes 10 de mayo de 2021 Sec. I. Pág. 55927

  5. A los datos registrados tendrán acceso las autoridades competentes, nacionales y autonómicas, así como las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en especial el SEPRONA de la Guardia Civil por sus competencias policiales medioambientales.

  6. Toda la información relativa al uso de los productos fitosanitarios a la que tengan acceso las personas o entidades públicas tendrá carácter confidencial inicialmente, y se encontrará sujeta al artículo 67 del Reglamento (CE) 1107/2009; al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos); en lo que resulte de aplicación, a la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo; a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; a la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública; y a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

     

Desarrollo ERP y documento de registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios (RETO)

El objetivo del desarrollo en RPS en concreto generar un fichero con las transacciones de productos fitosanitarios a la web de RETO para poder realizar el registro electrónico de transacciones y operaciones de los productores y operadores de medios de defensa fitosanitarios.

El fichero debe cumplir con los siguientes requisitos

  • Estar codificados con la página de códigos 1252 (Windows-1252 o CP-1252).
  • El carácter de separación de campos utilizado será el punto y coma (;)
  • Los registros acabarán con un retorno de carro más avance de línea (CR\LF).
  • Para los valores numéricos, si es necesario, se utilizará la coma (,) como carácter indicador de los decimales, con 2 posiciones. Si las posiciones decimales fueran más de 2, se redondeará a 2. Otros caracteres, como el punto (.), serán ignorados.
  • El formato para los campos de tipo fecha será: DD/MM/AAAA.
  • Las líneas en blanco no generan error, pero no se procesan.
  • Las líneas que comiencen por punto y coma (;) se tomarán por comentarios y tampoco serán procesadas.
  • La cabecera es obligatoria ya que se utiliza en el proceso de importación para determinar qué tipo de fichero se debe validar.
  • A la hora de obtener el valor de los campos de texto del registro se tomarán únicamente el número de caracteres especificados en la longitud máxima de este. Así un código de comunidad “123” será interpretará como “12” si la longitud máxima del campo es dos.

Los módulos que necesitan desarrollo: 

  • Módulo Administrador > Empresa
  • Módulo General
  • Módulo Almacén > Parámetros
  • Módulo Almacén > Artículo
  • Módulo Ventas > Cliente > Contacto
  • Módulo Compras > Proveedor > Contactos
  • Albaranes de Compras y Ventas > Nuevos campos
  • Módulo Contabilidad > Tipo asiento
  • Consulta Movimientos > Generación Fichero
  • Actualización en Artículos

Si tu ERP RPS necesita adaptarse a este cambio, no dudes en escribirnos a través del formulario o llamarnos. 

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